Preguntas Frecuentes
Sí, se puede pedir un divorcio contencioso si no hay acuerdo. El cónyuge que desea divorciarse debe presentar una demanda ante el juez, quien resolverá el proceso.
Sí, la violencia de género es un motivo válido para solicitar un divorcio. Además, en estos casos, se pueden solicitar medidas de protección, como el alejamiento del agresor, y el juez puede tomar decisiones rápidas para proteger a la víctima y a los hijos.
- Hijos a sus padres.
- Cónyuges y ex cónyuges en situaciones específicas.
- Ascendientes y descendientes (padres, abuelos, hijos).
- Hermanos bilaterales y unilaterales.
- Mujeres embarazadas.
- Hijos no reconocidos (pueden solicitar alimentos provisorios).
La obligación se extiende hasta los 21 años, salvo que los padres prueben que el hijo puede mantenerse por sus propios medios. Si está estudiando o formándose profesionalmente, puede extenderse hasta los 25 años.
- Hijos a sus padres.
- Cónyuges y ex cónyuges en situaciones específicas.
- Ascendientes y descendientes (padres, abuelos, hijos).
- Hermanos bilaterales y unilaterales.
- Mujeres embarazadas.
- Hijos no reconocidos (pueden solicitar alimentos provisorios).
La obligación se extiende hasta los 21 años, salvo que los padres prueben que el hijo puede mantenerse por sus propios medios. Si está estudiando o formándose profesionalmente, puede extenderse hasta los 25 años.
Si el pago no se realiza en tiempo y forma, se puede iniciar un reclamo judicial para garantizar los derechos del niño/a. También se pueden solicitar medidas cautelares para asegurar el pago.
El porcentaje de la cuota alimentaria, en general, queda a criterio del juez, quien determina el monto según las necesidades del hijo/a y las posibilidades del progenitor. Sin embargo, para empleados registrados en relación de dependencia, se estima que la cuota alimentaria suele oscilar entre un 20% y un 30% de los ingresos del progenitor que debe abonar la pensión alimentaria.